Resumen: La cuestión con interés casacional consiste en determinar si, en el ámbito de los tributos de gestión compartida y, en particular, respecto del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), la eficacia retroactiva de una modificación del valor catastral acordada en un procedimiento de subsanación de discrepancias del artículo 18.1 del Texto Refundido de la Ley del Catastro, iniciado de oficio por la Administración, habilita al obligado tributario a solicitar la devolución de los ingresos indebidamente satisfechos en todos los ejercicios afectados; o si, por el contrario, el derecho a la devolución debe entenderse limitado a los ejercicios no prescritos conforme al artículo 66 de la Ley General Tributaria, con independencia de la retroacción reconocida en sede catastral.
Resumen: El TSJ concluye que la administración no puede exigir la presentación de documentos que ya obran en su poder, lo que lleva a estimar parcialmente el recurso y anular la liquidación en lo que respecta a las exportaciones, mientras que se confirma el resto de la resolución del TEAR. El fallo del tribunal es, por tanto, la estimación parcial del recurso, anulando la resolución en el extremo mencionado y confirmando el resto.
Resumen: EL TSJ desestimó el recurso concluyendo que la liquidación se ajusta a derecho y que la Administración actuó conforme a los principios establecidos por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, confirmando que la parte actora no aportó pruebas suficientes para desvirtuar las dudas planteadas.
Resumen: El TSJ avala la actuación de la AEAT quien justificó sus dudas fundadas sobre el valor declarado de las mercancías, que era significativamente inferior al de importaciones similares.
Resumen: El TSJ desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la parte actora contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid que desestimó su reclamación económico-administrativa relacionada con el IVA de importación al entender que la AEAT actuó conforme a derecho al dudar del valor declarado en el DUA de importación, dado que este era significativamente inferior al de mercancías similares, y que la parte actora no proporcionó justificación suficiente para dicho valor.
Resumen: Se interpone recurso de casación frente a sentencia estimatoria del TSJ de Islas Baleares. La Sala establece como doctrina que, la residencia habitual, según sea en España La Sala establece como doctrina que, la residencia habitual, según sea en España o fuera de ella, no justifica el diferente trato dado a residentes y no residentes, consistente en que a estos últimos no les sea aplicable el límite de la cuota íntegra previsto en el artículo 31. Uno de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio. Esa diferencia de trato es discriminatoria y no está justificada.
Resumen: La cuestión con interés casacional objetivo consiste en determinar, a la luz de las sentencia dictadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el 7 de marzo de 2018 (Cristal Union contra Ministre de l'Économie et des Finances, asunto C-31/17, EU:C:2018:168) y el 22 de junio de 2023 (Endesa Generación, asunto C-833/21, EU:C:2023:516), si el artículo 14.1.a) de la Directiva 2003/96/CE constituye una exención directa (no voluntaria para los Estados miembros) por efecto directo vertical ascendente en relación con el gas natural, combustible de origen fósil, que se destine a la producción de electricidad o a la cogeneración de electricidad y calor o a su autoconsumo en las instalaciones donde se hayan generado, o, si por el contrario, ese efecto directo no es absoluto al permitir que los Estados miembros introduzcan excepciones al régimen de exención obligatoria establecido por la Directiva 2003/96, por motivos de política medioambiental.
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en determinar si la actividad de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria consistente en la comunicación de pago de devolución del crédito tributario, o la respuesta que dé la Administración tributaria -sea expresa o presunta- ante una reclamación en vía administrativa frente a dicha comunicación, es susceptible de reclamación económico-administrativa de conformidad con el artículo 227 de la LGT .
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar, a la luz de las sentencias dictadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 7 de marzo de 2018 (Cristal Union contra Ministre de l'Économie et des Finances, asunto C-31/17, EU:C:2018:168) y 22 de junio de 2023 (Endesa Generación, S.A.U. contra Tribunal Económico Administrativo Central, asunto C-833/21, ECLI:EU:C:2023:516), si el artículo 14.1.a) de la Directiva 2003/96/CE constituye una exención directa (no voluntaria para los Estados miembros) por efecto directo vertical ascendente en relación con gravamen por el IEC del carbón consumido con fines de generación eléctrica; o, si por el contrario, ese efecto directo no es absoluto al permitir que los Estados miembros introduzcan excepciones al régimen de exención obligatoria establecido por la Directiva 2003/96, "por motivos de política medioambiental".
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en reafirmar, reforzar, completar o aclarar, en su caso, la jurisprudencia de la Sección Segunda de esta Sala Tercera sobre las exigencias que impone el deber de motivación de la comprobación de valores mediante el método consistente en dictamen de peritos de la Administración y, en particular, si la excepción a la regla general de visita tanto del exterior como del interior de inmueble por parte del perito puede justificarse con la referencia a la consulta de los datos, planos y ortofotografías del inmueble incorporados en fuentes documentales contrastadas, como es la base de datos del catastro.
